El gobierno del Colegio está presidido por los principios de democracia, autonomía y participación colegial. Será regido por el Presidente, Comisión Permanente, Junta de Gobierno, y la Junta General
- Junta General
La Junta General Ordinaria del Colegio estará compuesta por todos los colegiados incorporados con anterioridad a la fecha de su convocatoria.
La Junta General, como órgano soberano y supremo del Colegio, tendrá la facultad de deliberar y tomar acuerdos en relación con todos los fines y atribuciones del Colegio, sin excepción alguna, siempre que las materias objeto de deliberación figuren en el orden del día previamente establecido.
- Junta de Gobierno
El Colegio estará regido por su Junta de Gobierno, a la cual corresponde la representación general, –sin perjuicio de la que corresponde al Presidente–, así como la dirección y administración del Colegio para el cumplimiento de sus fines en todo aquello que, conforme a los presentes Estatutos, no esté expresamente reservado a la Junta General o a otros órganos colegiados.
- Comisión Permanente
La Junta de Gobierno acordará la constitución de una Comisión Permanente, integrada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Contador. También podrá asistir el Gerente, Director o Secretario Técnico o el Vocal o Vocales que estime oportuno el Presidente.