Utilizamos cookies propias y de terceros (Google, Twitter), con finalidades analíticas, en conexión con redes sociales y otras imprescindibles para la navegación. Puede Aceptar el tratamiento, Rechazarlo u obtener Más Información.
El texto de hace 8 años es el único vigente, según la legislación laboral
Tras la anulación del convenio colectivo de oficinas de farmacia por parte de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, vuelve a entrar en vigor el convenio anterior a todos los efectos, según la Ley de Procedimiento laboral (LPL). Sin embargo, los firmantes del convenio anulado insisten en su vigencia hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso interpuesto y eso ha llevado a cierta confusión a empresarios y personal laboral de las oficinas de farmacia sobre qué norma debe ser aplicada en este momento en sus relaciones laborales.